La Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establece que la importación de servicios e intangibles está sujeta a una tasa del 16%. Sin embargo, el Reglamento de esta ley permite que, en la práctica, el impacto económico para el contribuyente sea nulo. A este efecto se le conoce como “IVA virtual”.
¿Qué se considera importación de servicios e intangibles?
Según el Artículo 24 de la Ley del IVA, se considera importación cuando:
• Se adquieren bienes intangibles de personas no residentes en México.
• Se utiliza o goza temporalmente de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes, dentro del territorio nacional.
• Se aprovechan servicios prestados por personas no residentes en México (excepto transporte internacional).
El factor clave es que el prestador del servicio sea no residente en México, independientemente de si el servicio se realiza fuera del país. El Reglamento del IVA aclara que un servicio se considera aprovechado en territorio nacional aunque se preste desde el extranjero.
No obstante, no se considera importación cuando los servicios prestados por comisionistas o mediadores no residentes tienen como objetivo la exportación de bienes o servicios.
Base gravable para la importación de servicios e intangibles
La base para calcular el IVA depende del tipo de operación:
• Intangibles: el valor de la contraprestación pactada, más cualquier impuesto, derecho, interés o cargo adicional.
• Servicios: el total de la contraprestación, incluyendo reembolsos, gastos y otros conceptos relacionados.
En casos de servicios prestados a socios, miembros o asociados, las aportaciones al capital o pagos relacionados se consideran parte del valor para calcular el impuesto. En operaciones de financiamiento, los intereses y otras contraprestaciones también se incluyen.
Momento de la importación
La importación se considera realizada:
• Cuando se paga efectivamente la contraprestación, ya sea total o en pagos periódicos.
• Cuando los servicios se prestan en territorio nacional por proveedores no residentes (excepto transporte internacional).
IVA virtual: cómo funciona
Aunque la importación genera un IVA del 16%, el Reglamento permite que el contribuyente acredite el impuesto pagado en la misma declaración mensual, eliminando el impacto económico.
Esto significa que, salvo situaciones específicas (como actividades exentas donde el IVA no puede acreditarse), el contribuyente no realiza un pago efectivo por el IVA en la importación.
Sin embargo, es obligatorio declarar el IVA pagado y acreditado correctamente. No cumplir con esta obligación puede generar multas de entre $5,500 y $18,360 por declaración errónea, según los artículos 81 y 82 de la Ley del IVA.
Conclusión
La importación de servicios e intangibles en México está gravada por el IVA, pero gracias al mecanismo de acreditamiento, el efecto económico puede ser nulo, conocido como IVA virtual. Comprender las reglas de base gravable, momento de la importación y acreditamiento es esencial para cumplir con la Ley del IVA y evitar sanciones.