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Regularización Fiscal 2026: ¿Quiénes Sí Pueden Acceder al Beneficio del SAT?

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Por: CGA & Asociados

El Programa de Regularización Fiscal 2026 ha generado dudas entre los contribuyentes respecto a los requisitos para acceder a los beneficios fiscales previstos por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026. Uno de los temas más relevantes es la situación de quienes aparecen en los listados relacionados con operaciones inexistentes previstos en los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.



Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que existe una diferencia importante entre los contribuyentes que aparecen en un listado preliminar y aquellos que ya fueron incluidos de manera definitiva, lo que impacta directamente en la posibilidad de obtener los beneficios del programa.



¿Qué son los EFOS y por qué son importantes?

Los EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) son contribuyentes respecto de los cuales la autoridad fiscal presume la emisión de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.

Cuando el SAT detecta posibles irregularidades, publica inicialmente a estos contribuyentes en un listado preliminar. A partir de ese momento, cuentan con un plazo para presentar pruebas y documentación que les permitan demostrar la legalidad de sus operaciones.

Solo después de analizar la información presentada, la autoridad determina si la presunción queda desvirtuada o si el contribuyente será incluido en un listado definitivo.

La diferencia entre un listado preliminar y uno definitivo

La aclaración del SAT se centra en distinguir ambas etapas del procedimiento.

Publicación preliminar

La inclusión en el listado preliminar significa únicamente que existe una presunción por parte de la autoridad. En esta fase, el procedimiento continúa abierto y el contribuyente mantiene el derecho de presentar pruebas y argumentos para defender su situación fiscal.

Publicación definitiva

La publicación definitiva ocurre cuando el SAT concluye que el contribuyente no logró desvirtuar los hechos observados durante el procedimiento. En este caso, la autoridad confirma la presunción y publica al contribuyente como EFOS definitivo.

¿Quiénes quedan excluidos del Programa de Regularización Fiscal 2026?

De acuerdo con la interpretación emitida por el SAT, la exclusión del estímulo fiscal únicamente aplica a los contribuyentes que ya aparezcan en los listados definitivos contemplados en los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.

Esto significa que quienes únicamente se encuentren en la etapa preliminar no deben considerarse excluidos del programa mientras su procedimiento continúe en análisis o mientras mantengan vigente su derecho a presentar pruebas.



Impacto para los contribuyentes

La precisión realizada por la autoridad brinda mayor certeza jurídica a las personas físicas y morales que buscan regularizar su situación fiscal durante 2026.

Además, permite que aquellos contribuyentes que todavía se encuentren en proceso de aclaración puedan evaluar la presentación de declaraciones, autocorrecciones o solicitudes de estímulos fiscales sin que una publicación preliminar represente automáticamente una limitante.

Conclusión

El criterio emitido por el SAT confirma que la exclusión del Programa de Regularización Fiscal 2026 aplica únicamente a los contribuyentes incluidos en los listados definitivos de los artículos 69-B y 69-B Bis. La sola aparición en un listado preliminar no impide acceder a los beneficios del programa mientras no exista una resolución definitiva que confirme la presunción de operaciones inexistentes. Esta aclaración fortalece la seguridad jurídica de los contribuyentes y permite distinguir claramente entre una presunción fiscal y una determinación firme de la autoridad.
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