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Cómo convocar a una asamblea en una SRL tras la reforma legal

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Por: CGA & Asociados

A partir de abril de 2024, las reglas para convocar asambleas en las Sociedades de Responsabilidad Limitada cambiaron de forma relevante. La reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles establece un nuevo mecanismo obligatorio que impacta directamente en la forma en que las empresas deben cumplir con este proceso.

Este cambio busca mayor transparencia y control mediante el uso de herramientas digitales oficiales.

Uso obligatorio del sistema electrónico

La legislación ahora exige que las convocatorias a asambleas de socios se realicen mediante una publicación en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía, conocido como Publicaciones de Sociedades Mercantiles.

Esto implica que ya no es suficiente utilizar medios internos o tradicionales si no se cumple con esta publicación oficial.

Contenido y responsables de la convocatoria

La convocatoria debe incluir elementos básicos para su validez:

• Orden del día

• Firma de quien convoca

En cuanto a quién debe realizarla, la ley establece un orden claro:

• El gerente de la sociedad.

• El Consejo de Vigilancia, en caso de omisión.

• Socios que representen más de una tercera parte del capital social, si los anteriores no actúan

Plazos para convocar

La convocatoria debe emitirse conforme a lo que indiquen los estatutos sociales. En caso de que no exista una disposición específica, deberá realizarse con al menos ocho días de anticipación a la asamblea.

Obligación sin excepción

Uno de los aspectos más importantes de la reforma es que la publicación en el sistema electrónico es obligatoria para todas las SRL, incluso si sus estatutos establecen otro mecanismo de convocatoria.

Esto significa que las empresas constituidas antes de la reforma también deben ajustarse a esta nueva regla, sin importar lo que previamente hayan acordado.

Unificación de criterios con otras sociedades

Esta disposición alinea a las SRL con otras figuras societarias, como las sociedades anónimas, que ya estaban obligadas a realizar publicaciones similares en medios electrónicos oficiales.

Conclusión

La reforma introduce un cambio relevante en la forma de convocar asambleas, haciendo obligatorio el uso de plataformas digitales oficiales. Cumplir con este requisito no es opcional, y su omisión puede afectar la validez de las decisiones tomadas en asamblea. Por ello, es fundamental que las sociedades revisen y actualicen sus prácticas internas conforme a la normativa vigente.
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