En fechas recientes, contribuyentes enfrentaron un problema operativo al utilizar el Formato Electrónico de Devoluciones (FED), el cual impedía solicitar remanentes de saldos a favor de IVA cuando ya existía una devolución parcial. Esta limitación generaba un bloqueo automático bajo el argumento de que el saldo ya había sido pagado en su totalidad, aun cuando existía un monto pendiente.
Esta situación evidenció una desconexión entre la operación del sistema y el marco legal vigente.
Un problema sin sustento legal
La restricción del sistema no tenía fundamento jurídico. La legislación fiscal en México no limita el derecho a solicitar devoluciones de saldos a favor a una sola ocasión, ni impide recuperar remanentes.
Por el contrario, las normas permiten:
• Solicitar devoluciones por saldos a favor.
• Presentar declaraciones complementarias.
• Modificar la situación fiscal del contribuyente.
Esto confirma que el derecho a devolución es flexible y puede ejercerse conforme evoluciona la información fiscal.
El papel de las declaraciones complementarias
El sistema fiscal mexicano se basa en la autodeterminación. Esto significa que el contribuyente puede ajustar sus declaraciones mediante complementarias.
Cuando esto sucede:
• Se puede incrementar el saldo a favor.
• Se abre la posibilidad de solicitar nuevas devoluciones.
• Se genera una nueva realidad fiscal
Por lo tanto, las solicitudes de devolución no se agotan con una primera presentación.
La falla operativa del FED
El problema central fue que el sistema no distinguía entre devoluciones totales y parciales.
Esto provocaba que:
• Se bloquearan nuevas solicitudes por remanentes.
• No se reconocieran incrementos derivados de complementarias.
• Se limitara el ejercicio de un derecho legal.
Incluso, otros canales de atención no resolvían el problema, ya que se redirigía nuevamente al uso del FED.
Respuesta de la autoridad
El SAT reconoció esta limitación y realizó ajustes en el sistema.
Con ello:
• Se permite presentar nuevas solicitudes por remanentes.
• Se reconoce el derecho a solicitar devoluciones adicionales.
• Se habilita el sistema para considerar nuevas determinaciones.
Sin embargo, la autoridad también señaló que solo revisará los elementos que no hayan sido analizados previamente.
Criterio de tribunales
Distintos criterios han confirmado que la devolución de saldos a favor no es un acto único.
Esto implica que:
• Puede solicitarse nuevamente si cambia la situación fiscal.
• No existe impedimento por haber solicitado antes.
• La única limitante relevante es la prescripción.
Esto refuerza la idea de que el derecho a devolución es dinámico.
Implicaciones para los contribuyentes
Con estos ajustes, el enfoque cambia hacia la correcta integración de la información.
Es clave considerar:
• Documentación soporte sólida.
• Coherencia en las declaraciones.
• Justificación de diferencias o incrementos.
• Trazabilidad de operaciones.
El reto ya no es tecnológico, sino de cumplimiento y sustento.
Conclusión
La corrección del sistema FED no solo resuelve una falla operativa, sino que reafirma un principio fundamental: los medios electrónicos no pueden limitar derechos reconocidos por la ley. La devolución de saldos a favor se mantiene como un derecho vigente y adaptable, pero su ejercicio exige mayor precisión y consistencia por parte del contribuyente.