La determinación de la siniestralidad laboral para empresas con diversas sedes operativas requiere un análisis detallado del Artículo 31, fracción VIII, del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). Este ordenamiento establece las reglas bajo las cuales un patrón debe consolidar o separar sus registros patronales al momento de calcular la Prima de Riesgo de Trabajo ante el IMSS.
Reglas de Consolidación Territorial y Operativa
De acuerdo con la normativa vigente, la presentación de la declaración se rige primordialmente por la ubicación geográfica y la naturaleza de la actividad económica. Los riesgos de trabajo deben considerarse de manera conjunta bajo los siguientes supuestos:
1. Ubicación Geográfica: Que los registros patronales se encuentren dentro del mismo municipio o en la Ciudad de México.
2. Actividad en Común: Que las actividades realizadas en dichos centros de trabajo contribuyan a un fin económico compartido.
Excepción Crítica: Aun cuando los centros de trabajo residan en la misma demarcación, no se consolidarán si realizan actividades distintas que no guarden relación con una actividad común. En tal escenario, cada registro conservará su autonomía para efectos de la prima.
Determinación Independiente por Jurisdicción
En contraste, cuando el patrón cuenta con registros patronales ubicados en distintos municipios, o distribuidos entre la Ciudad de México y otras entidades federativas, impera el criterio de independencia. En estos casos, la prima de riesgo se determinará considerando cada registro de forma individual, evaluando los riesgos concluidos específicamente en cada circunscripción territorial.
Conclusión
La correcta clasificación y agrupación de los registros patronales es fundamental para evitar rectificaciones por parte del Instituto. Un error en la consolidación de riesgos puede derivar en una determinación incorrecta de la prima, afectando la carga impositiva de seguridad social de la empresa. Se recomienda a los patrones con presencia multirregional realizar una auditoría de sus registros para asegurar que la presentación de la declaración guarde estricta congruencia con la estructura geográfica y operativa de su organización.