De conformidad con el Artículo 99, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los patrones tienen la obligación de realizar el cálculo anual del impuesto para sus trabajadores. Este procedimiento busca determinar las diferencias entre las retenciones mensuales efectuadas y el impuesto anual definitivo. El plazo legal para enterar las diferencias a cargo resultantes vence, de manera improrrogable, el 28 de febrero de 2026.
Exenciones a la Obligación Patronal
Es importante precisar que el empleador queda relevado de efectuar dicho cálculo en los siguientes supuestos específicos:
• Colaboradores que iniciaron su relación laboral después del 1 de enero o finalizaron antes del 31 de diciembre de 2025.
• Trabajadores cuyos ingresos brutos anuales excedan los $400,000.
• Empleados que hayan notificado por escrito su voluntad de presentar la declaración anual de forma individual.
Procedimiento Operativo en la Plataforma del SAT
Aunque la autoridad no ha emitido nuevas reglas generales, la práctica vigente y las directrices técnicas sugieren el uso del formulario “ISR retenciones por salarios”. El proceso se desglosa de la siguiente manera:
1. Configuración: Seleccionar el ejercicio 2025, periodicidad mensual y el periodo correspondiente a febrero (Declaración Normal).
2. Determinación: En el campo destinado al ISR retenido según registros del contribuyente, se debe capturar exclusivamente el monto derivado del ajuste anual timbrado en los CFDI de nómina de febrero.
3. Pago: Tras el envío, se generará la línea de captura para su liquidación en instituciones bancarias.
Consideraciones sobre Declaraciones Complementarias
La autoridad ha señalado que, para el entero de las retenciones ordinarias de febrero (cuyo vencimiento es el 17 de marzo), se deberá presentar una declaración "complementaria por modificación". En esta, se adicionará el impuesto retenido del mes al monto previamente declarado por el ajuste anual, acreditando el pago realizado en la declaración normal para liquidar únicamente el remanente.
Conclusión
El método actual se caracteriza por una complejidad técnica que no emana de la ley, sino de criterios operativos publicados en medios informativos de la autoridad. Esta falta de certeza jurídica, sumada a un procedimiento poco intuitivo, exige que los patrones realicen una revisión minuciosa de su visor de nómina para evitar discrepancias. Ante la posibilidad de cambios de último momento en la plataforma, se recomienda realizar el entero con antelación para mitigar riesgos de inconsistencias ante el SAT.